Se crea un Código de Conducta Europeo sobre el uso de datos agrícolas para asegurar el correcto uso y gestión de estos. Se busca proteger al usuario generador de datos y racionalizar su uso para mejorar la calidad de la producción.
En plena era de la información, cada vez es más habitual recabar datos acerca de todas las etapas de la actividad agrícola que posteriormente son utilizados en beneficio de aquel que los produce. A día de hoy esta información (macrodatos), supone un activo económico y su gestión y análisis es uno de los mayores combustibles para la fuerza de producción de las empresas. Cómo gestionar estos datos y bajo qué circunstancias deberían ser compartidos, queda recogido en el primer Código de Conducta Europeo sobre el uso compartido de datos agrícolas a través de un acuerdo contractual publicado entre otros por COPA-COGECA, por CEMA la asociación europea de fabricantes de maquinaria y por el Consejo Europeo de Jóvenes Agricultores, CEJA.
Pero ¿A qué tipo de datos nos referimos cuando hablamos de datos agrícolas?
- Datos sobre granja – en referencia a granjas y a las operaciones realizadas en las mismas, incluida la gestión de la misma.
- Datos agronómicos – Relacionados con los cultivos y la producción.
- Datos de conformidad – Requeridos para el control y refuerzo en relación con las autoridades competentes.
- Datos sobre el ganado – Datos referidos a la manada.
- Datos sobre maquinaria – Utilizado para las operaciones con maquinaria, normalmente no son modificables y se encuentran encriptados para prevenir que se interfiera con el correcto funcionamiento de la misma. No obstante, es posible utilizar soluciones independientes para la monitorización en tiempo real de la actividad de los vehículos agrícolas.
- Datos sobre el servicio – Se utiliza para el mantenimiento y reparación de vehículos.
- Datos de aportes agrarios (inputs) – Relacionados con la naturaleza, composición y uso de aportes como fertilizantes, alimento, productos de protección del cultivo, etc.
- Datos sobre servicios proveedores – Datos que se originan por parte de los proveedores de servicios agrícolas para beneficiar al cliente. No están directamente relacionados con la explotación agrícola en sí misma sino que facilitan que se lleve a cabo el servicio solicitado por el cliente de la compañía.
- Además, según la Personal Data Regulation (EU) 2016/ 679 se hace referencia a datos personales cuando se trata de cualquier dato relacionado con una persona natural identificada o identificable.
Si atendemos al Código de Conducta Europeo sobre el uso compartido de datos agrícolas a través de un acuerdo contractual y las propuestas que lanza, la gestión de los datos previamente mencionados debería estar regulada por el propio agricultor, es decir, la persona que elabora y produce los datos y esta gestión deberá ser manejada de forma justa y transparente. El negocio del intercambio de datos ha dado pie a preguntas acerca de las condiciones de privacidad, la protección de la propiedad intelectual y relaciones de poder entre otras muchas. Estas preguntas pueden llevar a una desconfianza inicial por parte de los originadores de estos datos, motivo por el cual se crea este código.
“Este código intenta fomentar una conversación sobre las ventajas
e inconvenientes de compartir datos”
Normalmente, las políticas de datos imponen al usuario que sean compartidos, en el caso de la agricultura y con el desarrollo de este código de conducta, se busca que los datos se compartan de forma voluntaria, dejando claro los riesgos y beneficios que esta acción supone para todas las partes involucradas. Mientras que la tecnología se sigue desarrollando, este código intenta fomentar una conversación sobre las ventajas e inconvenientes de compartir datos.
A continuación haremos un breve repaso a los puntos contenido en este código:
- Atribución de los derechos subyacentes derivados de los datos (también referenciado como posesión de datos)
Se debe aclarar quién produce los datos, convirtiéndose esta persona o empresa en el dueño legal de los mismos, quedando en su mano decidir si se comparten o no y cómo.
En caso de que la persona que produce los datos decida compartirlos, queda en su mano elaborar un contrato en el que quede reflejado el uso que se hará de los datos, incluidos aquellos que puedan resultar comprometidos o que quieran mantenerse al margen de este compromiso de ser compartidos. Las partes del acuerdo no compartirán datos sin el consentimiento explicito de la persona que origina los datos.
Este código reconoce el derecho de la persona que origina los datos, sea quien sea, a obtener una compensación o beneficio equivalente al beneficio generado por el uso de sus datos.
Los contratos en los que estas condiciones queden reflejadas deben estar escritos en un lenguaje comprensible y accesible.
En términos generales dentro del contrato deben quedar reflejados: los términos y condiciones más importantes, el objetivo con el que se utilizarán los datos, los derechos y obligaciones ligados a los datos, etc.
- Acceso a datos, control y portabilidad.
La recolección, acceso, almacenamiento y el uso de los datos recogidos sólo pueden darse cuando la persona que origina los datos concede su permiso explícito a través de un acuerdo contractual de que pueden ser utilizados y las condiciones bajo las que se hará.
Las bases de datos solo deben ser almacenadas por terceros durante el periodo acordado en el contrato y solo podrán acceder aquellos con autorización expresa. Por último, a no ser que quede especificado en el contrato, el usuario que genera los datos no se compromete a mantener exclusividad con las demás partes del acuerdo.
- Protección de datos y transparencia
Para proteger los datos es completamente necesario que se disponga de un protocolo de protección de datos, este deberá incluir que todos los datos deberán aparecer encriptados y bajo seudónimo, accesibles solo por aquellos con autorización.
Aquel que adquiera los datos deberá mantenerse en contacto con el usuario que los hubiera generado, para poder comunicarse cualquier problema, reclamación o duda que pudiera surgir acerca del proceso de intercambio de datos.
Los contratos no deberán ser modificados sin el previo conocimiento del usuario que genera los datos. Es decir, los datos proporcionados no pueden ser utilizados ni compartidos por terceros si no está claramente especificado en el contrato.
Además, se debe de garantizar la facilidad de terminar con el contrato, la recolección de sus datos y la distribución de los mismos en cualquier momento sí el tiempo del contrato ha finalizado o se ha alcanzado su objetivo.
- Privacidad y seguridad
Al usuario que genera los datos se le debe asegurar que no serán utilizados de forma desleal o fraudulenta, además, se debe cerciorar de que puede mantener tanto como sea posible el acceso a sus datos dentro de lo posible.
En caso de que la información se utilice para tomar decisiones acerca del propio usuario que la genera, se deberá aplicar el GDPR (Reglamento General de Protección de Datos de la UE).
El usuario que trabaje con los datos deberá ofrecer la información necesaria para garantizar un proceso justo y transparente. Como parte de este compromiso, quedará prohibido por parte de la entidad que trabaje con los datos acceder a los datos de carácter personal para garantizarse la posibilidad de pago del proceso por parte del usuario que genera la información.
En términos generales, el usuario que accede a esta información se compromete a proteger los datos contra robo, acceso no autorizado, pérdida, y alteración de los mismos por parte de individuos no autorizados. Así mismo, debe darse la posibilidad al usuario generador de información de borrar, destruir o devolver todos los datos originales si los requiere.
- Responsabilidad y derechos de la propiedad intelectual.
El usuario generador de información se compromete a que la información en bruto que proporciona es completa y exacta dentro de su conocimiento. Sin embargo, no se responsabiliza del daño que pueda causarse en relación a estos datos, su generación, distribución a terceros o el uso que se dé de los mismos por máquinas, dispositivos o terceros.
Proteger la información relacionada con el intercambio de datos, la propiedad intelectual y protegerlos contra la manipulación son los principales motivos por los cuales dichos datos no se comparten y porqué no pueden ser recibidos por aliados comerciales de quien los adquiera. La protección de la propiedad intelectual dentro de la atmósfera comercial es vital.
En Agroplanning estamos comprometidos con la seguridad y el uso responsable de los datos de nuestros usuarios, y por eso apoyamos iniciativas como esta que contribuyen a crear un escenario adecuado para la consolidacion de la agricultura digital en Europa.
El documento completo del Código de Conducta Europeo sobre el uso compartido de datos agrícolas está disponible para su descarga desde la web de COPA-COGECA en el siguiente enlace.